IVA Servicios Transfronterizos

De acuerdo a lo indicado en el artículo 30 de la Ley 9635 se establece el cobro del impuesto al valor agregado (IVA) a las compras de servicios por medio de internet o cualquier otra plataforma digital, que sean consumidos en el territorio nacional, por tanto las entidades públicas o privadas, que emitan tarjetas de crédito o débito de uso internacional, deberán de actuar como agentes de percepción cuando sus tarjetahabientes realicen compras de estos servicios.

Datos importantes:

  • La tarifa del impuesto se aplicará sobre el importe bruto de la compra
  • La tarifa a aplicar estará definida por el artículo 10 de la Ley 9635
  • Se podrá solicitar la devolución del impuesto ante la Administración Tributaria si el disfrute o consumo se realiza fuera del territorio nacional (Costa Rica)
  • Se podrá utilizar como respaldo los recibos electrónicos que utilicen en su giro de negocio, el estado de cuenta, resumen bancario o documento equivalente que reciba el consumidor final, consignando por separa el monto de la transacción realizada, del impuesto repercutido.
  • Los servicios a los que se les cobraré el IVA son: 
  1. Airbnb
  2. Apple+
  3. Apple Music
  4. Dropbox
  5. Facebook
  6. Facebk
  7. HBO
  8. Itunes
  9. Linkedin
  10. Microsoft
  11. Netflix
  12. Nintendo
  13. Norton
  14. Playstation
  15. Riotgames
  16. Sky
  17. Spotify
  18. Steamgames

Esta lista será revisada al menos cada 6 meses y se podrán agregar o eliminar proveedores y servicios.

Para mayor detalle, se puede revisar la resolución DGT-R-13-2020


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